Calendario tributario: vencimientos de después impuestos de Semana Santa – Finanzas Personales – Economía
Prepare el bolsillo para el regreso de las vacaciones de Semana Santa, pues el lunes 10 de abril arranca una nueva ronda de vencimiento de varios impuestos para personas jurídicas y para grandes contribuyentes.
Según las disposiciones del calendario tributario del 2023 publicado por la Dian, del 10 al 21 de abril, los grandes aportes deben la hacer y declaración de pago de la secunda cuota del impuesto a la renta, de acuerdo con el último dígito del NIT.
El lunes 10 corresponde al 0 y cambia diariamente de forma ascendente, finalizando el 20 cuando vuelve a ser el turno de aquellos cuyo NIT finaliza en 0.
Tenga presente que la primera cuota tuvo que pagarla del 7 al 20 de febrero y que la tercera está contemplada para junio.
Lea también: (Obtenga el 50% de descuento en intereses del impuesto de vehículos vendidos)
Entre el 10 y el 21 de abril, y de acuerdo con el último dígito del NIT, se cumplirán plazos para que empresarios y personas naturales registradas al RST, presenten la Declaración Anual Consolidada. ✅
📰 Comunicación de prensa pic.twitter.com/ssWI8dEUiC
— DIANColombia (@DIANColombia) 29 de marzo de 2023
Asimismo, las personas jurídicas deben hacer la declaración y pago de la primera cuota del impuesto a la renta de la misma fecha y bajo la misma dinámica que relaciona la fecha con el último número del NIT.
Si la suma para que, del 10 al 21 de abril se tenderá a que se haga la declaración mensual de la retención en la fuga.
para el Régimen Tributario Simple (RST), él sistema para los diversos impuestos para personas naturales y jurídicas que se declaran anualmente y se declaran con anticipación bimestral, disponiéndose además la declaración consolidada anualmente y lunas posteriores a Semana Santa.
Para mayo se withinan el IVA cuatrimestral, del 9 de ese mes, la declaración mensual de la retención en la fuente, el IVA bimestral, el anticipo bimestral del RST y la renta a personas jurídicas (del 2 al 8 de mayo).
Recuerde que para no tener inconvenientes con el pago de sus impuestos debe estar atención a las fechasademás de realizar transacciones comerciales y financieras, aplicando la normativa tributaria y financiera que será requerida por la empresa.
LAURA ALEJANDRA ALBARRACIN RESTREPO
ALCANCE DIGITAL DE REDACCIÓN
EL TIEMPO