Plan de Desarrollo: la empresa que podría modificar Petro en 6 meses – Empresas – Economía
para aprobarlo Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026, tal como fue presentado ayer ante el Congreso de la República y el país en general, el presidente Gustavo Petro tendrá seis meses para hacer una reorganización de las empresas y entidades en la Nación tenga participación, sin importar el sector en que operen. Lo anterior hace parte de las facultades extraordinarias que se le concederían al mandatario si el Legislativo, luego de las discusiones aplicables, le dan el visto bueno a dicho plan.
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El documento especifica que le daría facultades extraordinarias al Presidente por seis meses para crear, escindir, fusionar, suprimir, integrar o modificar la naturaleza jurídica de entidades de la Rama Ejecutiva; efectuar las modificaciones presupuestales necesarias para financiar los gastos de funcionamiento e inversión necesarios; o usos alternativos habituales de la planta de coca y el cannabis con fines medicinales, terapéuticos y científicos.
El Plan también habla de crear el Consejo Nacional de Economías Culturales y Creativas, el RRegistro Nacional de Reducción de las Emisiones y Remoción de Gases de Efecto Invernadero, el Consejo Nacional de Lucha contra la Deforestación y otros delitos ambientales o el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas en contexto y en razón del conflicto armado.
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Artículo 298 del mencionado plan especificó que estas facultades extraordinarias que se le concederían al mandatario le permitirían, además, «señalar, modificar y determinar los objetos y la estructura orgánica de las entidades resultantes de las creaciones, fusiones o escisiones y las de aquellas entidades a las cuales se trasladen las funciones de las suprimidas, escindidas, fusionadas o transformadas».
Pero además, capitalizar el negocio que se creafusionen, escindan o integren, y establezcan las condiciones de aporte de capital de la Nación.
También podrá el Presidente, en uso de esas facultades crear, desinvertir, fusionar, suprimir o modificar la naturaleza jurídica de fondos cuenta, que son una herramienta para la «administración de recursos públicos, con o sin personería jurídica» y cuyo «representante legal es «el titular de la entidad al cual está adcrito, que funciona con la planta de ministerio o departamento».